Micelio
Auto30 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Karena Elisama Caselles Hernández

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-No Existe Manifestación De La Justicia Penal Militar En La Que Se Atribuya O Rechace La Competencia Para Conocer De Las Diligencias.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fiscalia General De La Nacion
  • Legitimación para promover conflictos de jurisdicción en graves violaciones de derechos humanos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción entre la Fiscalía 53 Seccional (Unidad de Averiguación de Responsables) del municipio de Buenaventura y el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una denuncia iniciada en contra del ESMAD por abuso de autoridad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte constató que no se satisfizo el primero y, en esa medida no existe conflicto interjurisdiccional alguno que resolver.

Con base en lo anterior la Sala Plena se INHIBIO de emitir pronunciamiento alguno y dispuso el envío del expediente a la Fiscalía 53 Seccional (Unidad de Averiguación de Responsables) de Buenaventura, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción entre el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 53 Seccional (Unidad de Averiguación de Responsables) de Buenaventura, dentro del proceso penal identificado con el código único de investigación 76-109-60-00164-2016-01847.
  2. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional el expediente CJU-157 a la Fiscalía 53 Seccional (Unidad de Averiguación de Responsables) de Buenaventura, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.